La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tiene la responsabilidad de controlar las transacciones financieras para garantizar la transparencia en el sistema y evitar actividades ilícitas como el lavado de dinero y la evasión fiscal. Sin embargo, las transferencias de $300.000 no están sujetas a una obligación de reporte y, por lo tanto, ARCA no investiga estas transacciones directamente.
La normativa que regula estas actividades es la Resolución General 4298, que establece que las entidades financieras, incluidos bancos y billeteras virtuales, deben reportar los movimientos financieros, ingresos y egresos que superen los $400.000, y que los saldos mensuales superiores a $700.000 también deben ser informados. Estos umbrales son considerados puntos de referencia para las transacciones que puedan generar preocupación en cuanto a la legitimidad de los fondos y su origen.
Esto significa que transacciones por montos menores a esta cifra, como las de $300.000, no requieren un informe automático a ARCA, a menos que se superen otros umbrales o se encuentren dentro de un contexto de alta frecuencia de movimientos o saldos mensuales.
Además, en el caso de los montos expresados en monedas extranjeras, criptomonedas o moneda digital, deben ser convertidos a pesos argentinos al tipo de cambio correspondiente, lo que también incluye el control sobre el origen de dichos fondos en diferentes tipos de moneda.















































