Exigirán a busques y barcazas un certificado especial para poder navegar por la Hidrovía

El gobierno nacional obliga a las navieras a tener en 30 días la nueva documentación emitida por una empresa nacional habilitada por la Prefectura Naval.

A partir de ahora, todos los buques y convoyes de barcazas que naveguen en la hidrovía deberán contar con un «certificado internacional de prevención de la contaminación por hidrocarburos o basuras contaminantes (Osro)», el cual será emitido por una empresa nacional habilitada por la Prefectura Naval Argentina. Esta medida, que entra en vigor en 30 días, ha sido establecida por el gobierno nacional.

En el texto publicado en el Boletín Oficial se menciona que «los armadores y los Agentes Marítimos que representen a los Buques y/o Convoyes de Barcazas, serán responsables solidariamente frente a la Administración General de Puertos Sociedad del Estado por el incumplimiento por parte de los buques de su propiedad de lo dispuesto en la presente disposición».

A pesar de que algunos operadores del sector han recibido esta noticia con preocupación debido al costo del nuevo «seguro» obligatorio y ya están investigando sobre las empresas autorizadas para su emisión, es importante señalar que esta exigencia responde a un reclamo histórico por mejorar la protección de la vía navegable, especialmente en el caso de embarcaciones que operan entre Paraguay, cuyas condiciones no suelen ser las mejores.

Quienes se oponen a esta medida incluso han comenzado a difundir rumores sobre la posible anulación del decreto por parte de Federico Sturzeneger, encargado de la desregulación normativa, evidenciando la falta de coordinación dentro del Gobierno.

El decreto también instruye a la Administración General de Puertos Sociedad del Estado a «efectuar el control del cumplimiento de lo dispuesto en los artículos de la presente disposición» y a contratar, en nombre de los buques y/o convoyes que transiten por la Vía Navegable Troncal, el correspondiente «CERTIFICADO DE COBERTURA OSRO (Oil Spill Response Organization)», emitido por una empresa nacional habilitada por la Prefectura Naval Argentina, en caso de detectar la falta de dicha certificación.

En sus considerandos, el decreto enfatiza que «tanto el litoral marítimo, como el fluvial y el lacustre argentino revisten una elevada importancia ecológica, al ofrecer una amplia variedad de hábitats para las comunidades vegetales y animales, amparando una gran diversidad de especies, así como pesquerías comerciales o recreativas y áreas con cualidades estéticas o de actividades orientadas hacia el turismo». Además, señala que «tanto los lagos, como las vías fluviales son fuente de provisión de agua para consumo humano de numerosas ciudades asentadas en sus riberas», lo que subraya la necesidad de «prevenir eventuales daños ambientales por derrames o incidentes de contaminación» mediante una normativa específica y preventiva.

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