Una médica denunció que la hija de una colega era abusada por el esposo y el suegro de la misma. La causa encierra una historia de ocultamientos. El padrastro de la víctima vivía en el hogar familiar, pese a la restricción judicial.
Padre e hijo fueron condenados a la pena de seis años de prisión por haber abusado sexualmente y en forma reiterada de una niña, cuando ésta tenía aproximadamente ocho años de edad.
La causa conmocionó a una ciudad entrerriana por tratarse de un caso de abuso intrafamiliar: es que la víctima es hija de una reconocida profesional en la zona, y el abusador, la pareja de ésta.
Los hechos se registraron hace unos 10 años atrás en la ciudad de General Ramírez y hace pocos días se conoció la sentencia por abuso sexual simple reiterado agravado por tratarse éstos de, padrastro y abuelastro de la víctima.
Todo comenzó en la localidad ubicada a unos 70 kilómetros de la capital entrerriana, cuando la víctima, a la que llamaremos Belén, le contó a una amiguita que era abusada sexualmente por su padrastro y el padre de éste. Fue esta niña la que no dudó en ayudarla y contarle a su madre, quien en ese momento prestaba servicio como médica generalista en el hospital “Nuestra Señora del Luján”.
El sorprendente caso que fue develado gracias a un trabajo de investigación de Canal 6 Ramírez Cable Visión SRL, no deja de ser extraño por la faceta de ocultamiento que envuelve a la madre la víctima.
Belén es la hija de quien fue hace años directora del nosocomio local, que se desempeñó como funcionaria del Ejecutivo municipal, y que actualmente tiene un cargo en un área del Ministerio provincial de Salud.
Sergio Graf de 44 años y propietario de una pequeña empresa constructora, y el padre de éste, Luis Carlos de 68, fueron condenados la pena de seis años de prisión por los delitos de abuso sexual simple agravado en un juicio abreviado celebrado en los primeros días de septiembre.
Según se supo, Graf permanece encarcelado, pero su padre, por su avanzada edad y una supuesta enfermedad terminal, se encuentra con prisión domiciliaria.
El abusador seguía viviendo en el hogar de la víctima
Mientras se desarrolló la investigación, a Graf le dictaron una restricción judicial para que no pudiera acercarse al domicilio de la víctima, pero pasado un tiempo, el abusador regresó a convivir a la casa.
El pasado viernes 18 de agosto, cuando personal policial de la comisaría de Gral. Ramírez junto con efectivos de la División Investigaciones de la Departamental Diamante, realizaban un operativo de contralor para órdenes judiciales en barrio San Carlos, constataron que Graf se encontraba en el domicilio de la víctima y él mismo atendió a los policías que llegaron hasta la puerta de la casa.
Al violar la restricción judicial que le había impuesto el Juzgado de Diamante de no acercarse a la víctima, fue detenido y trasladado a la Unidad Penal de Paraná, donde permaneció hasta que se celebró el juicio abreviado.
“La víctima no estaba en el lugar, y como él entendió que la medida era en relación a ella, no al lugar…”, justificó su abogado. “Había sido denunciado por la propia víctima a la fiscal y ella me lo comunicó que había que revocarle la libertad ambulatoria”, indicó Rodríguez Allende.
Acordaron una pena de seis años en juicio abreviado
“La investigación nació en el Juzgado de Instrucción de Diamante y él (por Graff hijo) desde un primer momento asumió su responsabilidad como padre, reconoció su enfermedad, una adicción al alcohol, y buscó un cambio. Esta pena, para él, es tocar fondo y reconocer un cambio con la necesidad de modificar una conducta tremenda para todo un grupo familiar”, justificó el abogado defensor Dr. Marcos Rodríguez Allende en comunicación con Canal 6 Ramírez Cable Visión SRL.
“Este caso, evidentemente conmocionó a toda una ciudad porque involucró a un padre y un abuelo, algo realmente tremendo”, remarcó.
Sergio Graf fue condenado a la pena de seis años de prisión por el delito de abuso sexual simple reiterado agravado por el vínculo y por la situación de convivencia; mientras que su padre recibió el mismo monto de pena por el delito de abuso sexual simple agravado reiterado -primer hecho-, y en la de abuso sexual simple agravado por el vínculo -segundo hecho-.
De acuerdo a lo que explicó el defensor, en el juicio abreviado, los acusados se hicieron cargo de los hechos, y acordaron una pena con la Fiscalía.
Según dejó constancia, su defendido “estaba absolutamente arrepentido” y de acuerdo a lo que percibió en las audiencias, “el padre lo torturaba, lo molestaba mucho, a tal punto que le pidió no estar más con el padre”.
Cuando se le consultó a Rodríguez Allende si estaba de acuerdo con el monto de la pena, éste argumentó que “la sanción punitiva no está para reparar daños psicológicos en la víctima”.
“La sanción no opera como norma que corrija un daño psicológico; por más que a mi defendido se le aplique el máximo de la pena, la victima seguirá siendo víctima”, remarcó, al tiempo que comparó el caso con una condena por homicidio.
De acuerdo a lo que explicó, “la víctima está bajo tratamiento” y respecto del condenado, comentó que “tiene todo un camino para reflexionar y seguir adelante”.
“Es todo un grupo familiar que debe rehabilitarse y comenzar una vida nueva”, acotó al respecto. (Fuente: Elonce.com)
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